El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos ha decidido rechazar el recurso presentado contra la Licitación Pública N° 47/2026, la cual se destina a la contratación del servicio de recolección domiciliaria de residuos en Concordia. Esta resolución no solo confirma el fallo de primera instancia, sino que también mantiene activo el proceso licitatorio.
Detalles del Pronunciamiento Judicial
El subsecretario de Legal y Técnica de la Municipalidad de Concordia, Ignacio del Valle, comentó que la acción legal, que ahora ha sido desestimada por el STJ, fue presentada hace aproximadamente un mes. Esta acción cuestionaba el pliego de la convocatoria a licitación, alegando que no cumplía con las normativas ambientales vigentes.
Del Valle destacó que se solicitó una medida cautelar para suspender el trámite de la licitación, pero esta no prosperó, lo que permitió que el proceso avanzara sin interrupciones. Finalmente, la licitación fue adjudicada a VITSA Soluciones Ambientales S.A. por un plazo inicial de cuatro años.
Argumentos del Municipio Frente a la Justicia
En su declaración, Del Valle explicó que el juez que examinó inicialmente el caso desestimó el pedido de medida cautelar, permitiendo que la licitación continuara su curso. El STJ ratificó la decisión del juez de primera instancia, al afirmar que la vía utilizada para cuestionar el procedimiento no era la adecuada.
El funcionario subrayó que la discusión judicial debía centrarse en qué parte del proceso de gestión de residuos era objeto de la licitación. En este contexto, aclaró que la licitación se refiere únicamente a la recolección de residuos domiciliarios, y no a la disposición final, que es responsabilidad de otras instancias.
Obligaciones Ambientales y Responsabilidad Municipal
Del Valle manifestó que la separación y el tratamiento posterior de los residuos son funciones que el municipio seguirá gestionando. Afirmó que la contratación de la recolección no implica la delegación de las obligaciones relacionadas con la gestión integral de residuos.
El funcionario enfatizó que la recolección es solo una etapa del proceso y que el municipio mantiene su responsabilidad sobre todas las fases del manejo de residuos, tal como lo establece la normativa GIRSU.
Plazo de Contratación y Cuestiones Legales
Respecto a la duración de la contratación, Del Valle explicó que el pliego estipula un plazo inicial de cuatro años, con la posibilidad de prórroga. Este aspecto había sido cuestionado, ya que la normativa municipal establece un máximo de seis años. Sin embargo, el STJ reafirmó que la licitación se enmarca dentro del plazo legal.
Contexto Político y Futuras Implicaciones
Al ser preguntado sobre el contexto político en el que se desarrolló la presentación judicial, Del Valle comentó que estamos en una etapa cercana a elecciones, donde es común que surjan cuestionamientos de este tipo. Afirmó que la Justicia actúa ante posibles irregularidades y que la presentación podría haber tenido un trasfondo político, algo que el fallo del STJ ha dejado claro.
Finalmente, al ser consultado sobre la posibilidad de futuras acciones legales por parte de la oposición, Del Valle admitió que no se puede descartar esa posibilidad, aunque considera que la resolución del STJ ha dejado el procedimiento municipal en una posición sólida.
Fuente: Diario Río Uruguay



