La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) brindó detalles sobre el esquema fiscal para el Impuesto Inmobiliario Urbano del ejercicio 2026. La medida, enmarcada en una política de alivio al contribuyente, establece actualizaciones que se ubican por debajo del índice inflacionario del año anterior. Asimismo, el organismo comunicó una reprogramación en el calendario de vencimientos de la primera cuota y el pago anual debido a inconvenientes técnicos en sus sistemas de liquidación.
Nuevas fechas de vencimiento y causas de la reprogramación
Debido a una falla técnica imprevista en el servidor encargado de la liquidación masiva, se generaron demoras en la emisión de las boletas. Ante esta situación, el organismo emitió la Resolución 024/26/ATER para extender los plazos de pago y evitar perjuicios a los ciudadanos. El nuevo cronograma, organizado según el último dígito verificador, establece los siguientes días:
- Dígitos 0, 1, 2, 3 y 4: 25 de febrero de 2026.
- Dígitos 5, 6, 7, 8 y 9: 26 de febrero de 2026.
Las boletas estarán disponibles para consulta y descarga en el sitio web oficial a partir del jueves 19 de febrero.
Tope del 30% y protección al hogar
El esquema tributario actual contempla un límite máximo de actualización del 30%, cifra que se posiciona por debajo del 31,5% de inflación registrado durante el 2025. Según los datos oficiales, este tope alcanza a más del 85% de las partidas inmobiliarias, lo que representa a casi nueve de cada diez hogares entrerrianos. Esta política de contención fiscal implica que el Estado provincial dejará de percibir más de 55 mil millones de pesos en concepto de beneficios y descuentos directos para el contribuyente.
Descuentos acumulables para “Buenos Pagadores”
Se mantienen vigentes los incentivos para quienes cumplen con sus obligaciones en tiempo y forma. Aquellos contribuyentes que hayan abonado todas las cuotas del período 2025 en término acceden a un 15% de descuento bajo el concepto de “Buen Pagador”. A esto se le suma un 10% adicional si se opta por el Pago Anual 2026. Al ser beneficios acumulables, el descuento final puede alcanzar el 25%, logrando una reducción efectiva de la carga tributaria en términos reales frente al avance de los precios.
Criterios de progresividad y excepciones al tope
El sistema sostiene un criterio de justicia tributaria donde las propiedades de menor valuación reciben el mayor acompañamiento. Para los inmuebles de mayor valor (tramos 7 al 10 de las Plantas 2 y 3), los beneficios son menores, con descuentos que oscilan entre el 10% y el 15%, evitando de todos modos variaciones abruptas. Por otro lado, es importante señalar que el tope del 30% no aplica en casos donde la propiedad haya registrado mejoras, ampliaciones o modificaciones edilicias durante el último año, ya que en estas situaciones el incremento responde a la nueva valuación fiscal y no a la actualización de la alícuota.
Medios de pago y canales de asistencia
Para facilitar el cumplimiento, ATER permite el pago presencial en Entre Ríos Servicios y Plus Pagos solo con la presentación del DNI, sin necesidad de boleta física. También están habilitados los pagos mediante código QR, billeteras virtuales, Home Banking y débito automático. Para consultas, los ciudadanos pueden comunicarse al 0810-888-2837, escribir a consultas@ater.gob.ar o asistir a las receptorías distribuidas en toda la provincia.



