Una sentencia firme ha sido dictada en un caso de abuso sexual que ha conmocionado a la comunidad local. Un jurado popular declaró culpable a G.E.H. del delito de abuso sexual gravemente ultrajante, y el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia impuso una condena de 10 años de prisión efectiva.
Detalles del Caso
El juicio se llevó a cabo el 28 de agosto en Federación, en el marco del legajo titulado “G.E.H. s/Abuso sexual gravemente ultrajante y Abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo”. Durante la audiencia de cesura, la fiscal Josefina Penón Busaniche solicitó una pena de 16 años, mientras que el defensor pidió una condena de 8 años.
Arresto Domiciliario hasta la Sentencia Firme
G.E.H. cumplirá su condena bajo arresto domiciliario hasta que la sentencia se considere firme, tal como lo planteó su defensa. Este juicio representa el número 170 realizado en Entre Ríos desde la implementación del sistema de jurados.
El Delito Tipificado
El abuso sexual gravemente ultrajante es un delito definido en el segundo párrafo del artículo 119 del Código Penal argentino. Este se configura cuando el abuso sexual, debido a su duración o circunstancias, causa a la víctima una vejación de gravedad superior a un abuso simple, aunque no llegue a ser considerado acceso carnal. La pena para este tipo de delito oscila entre 4 y 10 años de prisión o reclusión.
Fuente: Diario Río Uruguay



