El Gobierno ha implementado cambios significativos en los requisitos de seguridad para los vehículos 0 km, tanto nacionales como importados, a través del reciente Decreto 796/2026.
Modificaciones en la Ley de Tránsito
Esta normativa sustituye el artículo 28 de la reglamentación de la Ley Nacional de Tránsito y define las condiciones que deberán cumplir los autos nuevos para ser autorizados a circular. Todos los automotores, acoplados y semiacoplados de producción en serie deberán contar con la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA).
Requisitos de Seguridad y Ambientales
La LCM asegura que los vehículos cumplan con las normas de seguridad activa y pasiva, mientras que la LCA garantiza que se respeten los estándares de emisiones contaminantes y ruidos. Los fabricantes e importadores tienen la responsabilidad de demostrar que cada modelo cumple con estas exigencias.
Normativa para Vehículos Estándar de EE.UU.
Uno de los aspectos destacados del decreto es la inclusión de vehículos que cumplen con los estándares de seguridad de Estados Unidos, conocidos como FMVSS. Estos vehículos podrán ser aceptados si cuentan con la Blue Ribbon Letter emitida por la National Highway Traffic Safety Administration (NHTSA).
Obligaciones de Reporte y Controles
Los fabricantes e importadores que utilicen este procedimiento deberán informar de inmediato a las autoridades argentinas sobre cualquier sanción o incumplimiento relacionado con los vehículos. La falta de cumplimiento puede resultar en la suspensión o revocación de la homologación.
Libertad en la Comercialización de Autopartes
El decreto también establece que las piezas y componentes para vehículos podrán ser comercializados sin necesidad de autorización previa. Sin embargo, las empresas deben asegurar que todos los productos cumplan con las especificaciones técnicas exigidas.
El nuevo decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Fuente: El Once



