Los legisladores remarcan que el objeto es proteger el comercio que tributa en la provincia.
Iniciativa del Partido Justicialista
El bloque de diputados provinciales del Partido Justicialista presentó un proyecto de resolución mediante el cual solicita al Poder Ejecutivo entrerriano que, a través de la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), incremente las retenciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicables a operadores comerciales que venden en la provincia sin estar correctamente registrados.
Modificación de las alícuotas
La propuesta apunta a modificar los artículos 5° y 6° de la Resolución N° 273/22 de ATER, elevando al 5% la alícuota de retención para los denominados “no inscriptos plenos” y al 3% para quienes están inscriptos en otras jurisdicciones, pero no cuentan con alta tributaria en Entre Ríos.
Objetivos de la propuesta
Según los autores del proyecto, el objetivo es “proteger al comercio entrerriano radicado, fortalecer la recaudación provincial y municipal, y corregir una asimetría competitiva que perjudica gravemente a comerciantes, municipios y comunas, y al empleo local”.
Una medida que no crea nuevos impuestos
En los fundamentos se aclara que la iniciativa no implica la creación de nuevos tributos y que podría implementarse de manera inmediata mediante una resolución administrativa de ATER. Los legisladores sostienen que el crecimiento del comercio electrónico y la expansión de ventas realizadas desde otras jurisdicciones generaron una competencia desigual para los comercios locales.
Impacto en el comercio local
De acuerdo con el texto, esta situación impacta en la actividad económica de las ciudades entrerrianas, provocando pérdida de ventas para el comercio formal, cierre de establecimientos y una disminución de la recaudación pública.
Funcionamiento del sistema actual
La provincia se encuentra adherida al Sistema de Recaudación sobre Tarjetas de Crédito y Compra (SIRTAC), mecanismo administrado por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral que permite captar operaciones realizadas mediante medios de pago electrónicos y plataformas digitales.
Categorías de contribuyentes irregulares
La Resolución 273/22 de ATER distingue actualmente dos categorías de contribuyentes irregulares. Por un lado, los “no inscriptos plenos”, quienes no figuran registrados en ninguna jurisdicción adherida al sistema, con una retención vigente del 3%. Por otro lado, están los “inscriptos sin alta en Entre Ríos”, contribuyentes registrados en otras provincias o bajo Convenio Multilateral que aún no incorporaron a Entre Ríos como jurisdicción tributaria, con una retención del 1,5%.
Objetivo de la modificación
Los impulsores de la iniciativa argumentan que la lógica actual ya establece mayores retenciones para quienes presentan mayores niveles de incumplimiento fiscal y que la modificación busca profundizar ese criterio. En ese sentido, sostienen que el objetivo principal no es incrementar la recaudación, sino generar incentivos para la regularización tributaria de quienes comercializan bienes y servicios en territorio entrerriano.
Conclusiones de los legisladores
La medida no persigue una finalidad recaudatoria, sino esencialmente correctiva: inducir a la formalización, de modo que quien regularice su situación recupere de inmediato la alícuota ordinaria, concluyen los fundamentos del proyecto.
Fuente: Diario Río Uruguay





